Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal 10° de Control Estadal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Carora, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: SE ADMITE TOTALMENTE, LA ACUSACIÓN PRESENTADA POR LA FISCALÍA 24º DEL MINISTERIO PÚBLICO, en contra del ciudadano MERVIN WILLIAN MORILLO CONTRERAS, Titular de la Cédula de Identidad Nº 15.584.924, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL, previsto y sancionado en el artículo 43 e su tercer aparte de Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. SEGUNDO: SE ADMITE LAS PRUEBAS OFRECIDAS TANTO POR LA FISCALÍA DEL MINISTERIO PÚBLICO, por considerarse ser legales, licitas, pertinentes y necesarias, ASÍ COMO LAS PROMOVIDAS POR LA DEFENSA como es el testimonio de Gustavo José Ramírez Pérez, todo conforme al ordinal 9° del Artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal por ser legales, licitas y necesarias y pertine.....