D I S P O S I T I V A
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA OTORGAR al ciudadano ROMERO CAMPOS JOSE LUIS, titular de la cedula de identidad N° V-18.487.020 LA CONMUTACIÓN DEL RESTO DE LA PENA EN CONFINAMIENTO, conforme a lo establecido en los artículos 3 y 272 ambos de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 479 numera1 del Código Orgánico Procesal Penal y los artículos 53 y 56 del Código Penal.