DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho, anteriormente expuestas, este Tribunal de Ejecución Nº 03, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, por el cumplimiento de la condena al ciudadano FRANCISCO ANTONIO BENAVENTE IRAZABAL, C.I.V-Nº 14.680.307, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 105 del Código Penal, solo por esta causa, ya que el identificado ciudadano tiene otra causa según asunto KP01-P-2009-000406, por el Tribunal de Control Nº 09, por el delito de Alteración Ilícita de Seriales de Carrocería, previsto y sancionado en el Artículo 08 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, donde le decretaron Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, a la cual se encuentra sujeto, por lo que deberá permanecer en calidad de deposito en el Centro Penitenciario de la Región Ce.....