Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Superior Marítimo con Competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley expresamente declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso ordinario de apelación interpuesto por el abogado HENRY MORIAN, representante judicial de la sociedad mercantil C.A SEGUROS LA OCCIDENTAL C.A., contra la decisión del Tribunal de Primera Instancia Marítimo con Competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas, de fecha veinte (20) de julio de 2012.
SEGUNDO: SE CONFIRMA con diferente motiva la sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia Marítimo con Competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas, en fecha veinte (20) de julio del presente año, que declaró inadmisible la llamada a los terceros propuestos por la sociedad mercantil C.A. LA OCCIDENTAL DE SEGUROS C.A.
Por la naturaleza del fallo, se condena en costas a la parte apelante, de conformidad con l.....