Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: UNICO: SE HOMOLOGA el desistimiento del recurso de apelación formulado por la ciudadana VANESSA ANDREINA NUÑEZ OQUENDO, pasada en autoridad de cosa juzgada, lo que origina la TERMINACIÓN DEL PRESENTE PROCESO, quedando firme la decisión dictada el 16 de julio de 2012 por el Juzgado Cuarto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, que declaró de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil, disuelto el vínculo conyugal que unía a los ciudadanos MIGUELANGEL CHIRINOS GONZALEZ y VANESSA ANDREINA NUÑEZ OQUENDO.
No hay condena en costas procesales por cuanto se trata de un procedimiento de jurisdicción voluntari.....