Por las razones anteriores, este Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le otorga la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso ordinario de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la parte demandada, contra la sentencia definitiva dictada en fecha 08 de mayo de 2017, por el Juzgado Undécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la referida Circunscripción Judicial, la cual queda confirmada.
SEGUNDO: IMPROCEDENTE el alegato de perención breve de la instancia, realizado por la representación judicial de la parte demandada.
TERCERO: CON LUGAR la demanda de DESALOJO intentada por la ciudadana BEATRIZ DUQUE DE LIZARDO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad número V-903.560, contra los ciudadanos MIRIAM ZORAIDA ARNAO MENDOZA y JAVIER .....