DECISION
Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de Ley, declara:  CON LUGAR la demanda que por  prestaciones sociales y otros conceptos, interpuso el ciudadano EVELYN COROMOTO CARABALLO  contra la empresa  CALZADO BELI, S.R.L., ambas partes debidamente identificadas en autos. Condenándose a esta última al pago de la cantidad de BOLIVARES CATORCE  MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS VEINTIUN  BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 14.478.221,00), por los conceptos debidamente discriminados en la forma que establece la presente decisión más la cantidad que resulte del cálculo que realice el perito designado al efecto por este Tribunal, no hay  condenatoria  en costas  en el presente juicio y ASI SE DEC.....