Por todos los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO DUODÉCIMO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda Modificar el lapso de presentaciones de cada Treinta (30) días a cada Noventa (90) días a partir de la presente fecha por ante este Tribunal al imputado CRISTÓBAL RAFAEL DELGADO GUANIPA, Venezolano, Natural de Maracaibo, dijo ser titular de la Cédula de Identidad N° 14.523.073, de 29 años de edad, Fecha de Nacimiento 12-10-76, Estado Civil soltero, de profesión u oficio vigilante, hijo de Maria Nicolaza Guanipa y Hugo Rafael Delgado, residenciado en avenida 2B, sector Valle Frió, casa No. 85A-59, detrás del Colegio Olegario Villalobos, Maracaibo del Estado Zulia, a quien se le sigue causa por la presunta comisión del delito de ACTOS LASCIVOS, previsto y sancionado en el articulo 376 del Código Penal, en perjuicio del NEIDA JUBILA FARIA FARIA. Líbrese las cor.....