DECISION
Por las razones precedentes expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil Mercantil, de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara con lugar la apelación interpuesta por los apoderados judiciales JESUS HUMBERTO MOLINARES HERRERA y JESUS JIMENEZ PERAZA, en su carácter de apoderados judiciales de C.A. CENTRAL, BANCO UNIVERSAL, Sociedad Mercantil, en contra de la sentencia interlocutoria de fecha 16 de Abril de 2.008, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con la cual queda así REVOCADA, en consecuencia de ello se ordena al Juez Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito se pronuncie sobre la admisibilidad de la reforma de la demanda interpuesta.
De conformidad con el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, notifíquese a las partes de esta decisió.....