DISPOSITIVA
En mérito de lo expuesto, este Tribunal Segundo de Violencia contra la Mujer en Funciones de Juicio del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA:
PRIMERO: Sin Lugar la solicitud de la Defensa Técnica de revisión de medida en la presente causa respecto al ciudadano CARLOS ALBERTO MENDOZA, titular de la cedula de identidad Nº V-19.482.528, por cuanto no han variado las circunstancias que dieron lugar a la imposición de la medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad decretada en contra de dicho ciudadano en fecha 21 de abril de 2015, en la audiencia de calificación de flagrancia donde le fue imputado los delitos de VIOLENCIA SEXUAL AGRAVADA EN GRADO DE CONTINUIDAD, previstos y sancionados en los artículos 43 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en concordancia con lo establecido en el artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección del Ni.....