Con fuerza de las precedentes consideraciones, este Tribunal Noveno de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONDENA al acusado: YONARDO WILLOY ECHENIQUE RANGEL, de nacionalidad Venezolano, natural de Valencia, Estado Carabobo, fecha de nacimiento 05-06-1998, de 24 años de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-17.316.697 de 48 años de edad, de profesión u oficio: Obrero, estado civil: Soltero, residenciado en: Barrio Félix Eduardo Navarro, Calle Santa Ana, Casa N° 23, Parroquia Diego Ibarra, Mariara, Estado Carabobo, a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de TRAFICO DE MUNICIONES, Previsto y Sancionado en el Articulo 124 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones, asi como el delito de DETENTACION DE ARTEFACTOS INCENDIARIO, Previsto y Sancionado en el Artículo 296 del Código Penal, se le exonera del pago de .....