Este Juzgado Cuarto de Juicio de Primera Instancia Penal del Circuito Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acordó por el lapso de diez meses y quince días el beneficio de SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO a favor del ciudadano WILLIAM FEDERICK LUNA ARRIETA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.757.986, residenciado en Calle San Rafael con Calle Domingo Méndez, a cuatro cuadras de la Iglesia San Juan Bautista, Cabudare Estado Lara, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 42, 43 y 44 ordinales 1° y 2° del Código Orgánico Procesal Penal, por la comisión del delito de Violencia Psicológica, previsto y sancionado en el artículo 20 de la Ley Sobre La Violencia Contra La Mujer y La Familia, cometido en perjuicio de la ciudadana ADELFINA MONTIEL.
Notifíquese a las partes de la presente decisión. Regístrese. Cúmplase.