El Tribunal ORDENA NOTIFICAR al representante legal del contribuyente GTME DE VENEZUELA, S.A. y/o a su apoderado judicial, en su domicilio procesal, para que dentro de un lapso de treinta (30) días continuos, contados a partir de su notificación y de la constancia en autos de haberse practicado la misma, manifieste su interés en dar por concluido este proceso a través de un fallo sobre el mérito del asunto, en virtud de que se observó que la parte actora no realizó actuación alguna tendiente a impulsar el juicio, desde que presentó, el 06 de agosto de 2001, diligencia a los fines de consignar copia simple de la Resolución N° GJT-DRAJ-2001-A-1089, mediante la cual se declaró parcialmente con lugar el recurso jerárquico interpuesto por la recurrente, de lo cual por consiguiente se desprende que no acudió a impulsar el proceso una vez dictado "VISTOS" en la causa. Así las cosas, transcurrido el lapso supra mencionado sin que la parte actora manifieste su interés, este Tribunal declarará e.....