Este Juzgador Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley: dictó Sentencia Interlocutoria DECLINADO LA COMPETENCIA DE LA PRESENTE CAUSA, en un Tribunal de Primera Instancia Civil, Mercantil, y del Tránsito del Estado Portuguesa, de conformidad con lo establecido en el Artículo 501 del Código Civil en concordancia con el artículo 47 del Código de Procedimiento Civil.