Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Sexto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE para conocer la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte actora, contra la sentencia de fecha 07 de agosto de 2006 dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en la acción interdictal de amparo intentada por la abogada Hilda Josefina Pereira Salgado, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 98.502, en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos Manuel Felipe Herrera Lira, Miryan Lucía Herrera Lira, Carmen Herrera Lira de Fajardo y Nieves Herrera Lira, portadores de las cédulas de identidad Nros. 226.132, 43.285, 270.312 y 280.040 respectivamente, contra el Municipio Acevedo del Estado Miranda, todo ello en virtud de la declaratoria de inc.....