Se dictó sentencia interlocutoria mediante el cual se decretó medida de embargo ejecutivo sobre bienes muebles o inmuebles propiedad de la parte demandada, ciudadanos MORRISON ILLICH GUTIÉRREZ y CARLOS JOSÉ ORTIZ RODRÍGUEZ. En virtud de ello, para la practica de la medida, se ordenó librar despacho-comisión y remitir con oficio a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial, a los fines de que previó el sorteo respectivo designe el Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de esta Circunscripción Judicial que deberá llevar a cabo la practica de la medida decretada.