DISPOSITIVO
Por las razones y consideraciones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación ejercida el día once (11) de marzo de dos mil quince (2015), por el apoderado judicial de la parte actora abogado NARCISO CORNIEL PALACIOS, contra la sentencia dictada en fecha cuatro (04) de marzo de dos mil quince (2015), por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Queda MODIFICADO el fallo apelado en cuanto a los puntos sometidos al conocimiento de esta Alzada.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda que por COBRO DE BOLÍVARES, sigue la sociedad mercantil BANCO REAL, BANCO DE DESARROLLO, C.A., absorbida por fusión por el instituto público FOND.....