IV
DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Su COMPETENCIA para resolver el recurso de regulación de competencia interpuesto por la parte demandante contra la decisión de fecha 22 de octubre de 2015, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, que declaró su incompetencia para seguir conociendo del juicio por cobro de bolívares interpuesta por el Banco Nacional de Crédito C.A. Banco Universal, contra la sociedad mercantil Siderurgica del Turbio, S.A.
SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso de regulación de competencia planteado en el presente asunto.
TERCERO: Por razones de orden público, al encontrarse interesado el régimen de competencia para conocer la causa principal que dio l.....