D I S P O S I T I V O
En mérito de lo anteriormente expuesto, la Juez Primera de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECIDE
PRIMERO: SIN LUGAR la nulidad de la Providencia Administrativa N° 01242, emanada de la Inspectoría del trabajo, sede "Pio Tamayo" del Estado Lara, en fecha 29-04-2014, en procedimiento de autorización de despido interpuesto por la entidad de trabajo POLLO SABROSO, C.A.
SEGUNDO: Se mantiene firme y con todos sus efectos jurídicos el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa N° 01242, emanada de la Inspectoría del trabajo, sede "Pio Tamayo" del Estado Lara, en fecha 29-04-2014.
Notifíquese a la parte demandante; a los intervinientes beneficiarios del acto; y a la Procuraduría General de la República.
Dictada en Barquisimeto, Estado La.....