Con base en los razonamientos que anteceden, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de divorcio formulada, y en consecuencia, disuelto el vínculo conyugal existente entre los ciudadanos AXEL JOSE MARTINEZ JIMENEZ y BELKYS ADRIANA JAIMES, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.276.097 y V-13.365.611, respectivamente contraído en fecha en fecha 03 de agosto de 2001, por ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia el Recreo, Municipio Libertador, Distrito Capital, según Acta de Matrimonio signada con el número 135 del año 2001. Así se decide.-