Se dictó auto negando sustitución de medida judicial privativa de libertad por una menos gravosa, en virtud de que el cambio de calificación hecha por el Ministerio Público en su acusación, sigue siendo de tal entidad que mantiene subsistente la presunción razonable de peligro de fuga, en atención a la pena probable a imponer de resultar el imputado culpable. Se dejó constancia expresa de haberse recibido la presente solicitud en el despacho del Juez, siendo las 4:40 horas de la tarde del día 11-01-2006, aún cuando consta acuse de recibo de la oficina del alguacilázgo de fecha 21-12-2005. Se ordenó librar notificaciones.