DECISIÓN
Por todo lo expuesto en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, se decreta la Privación de Libertad en contra Identidad Omitida, por el lapso de tres (03) meses, por la comisión del delito de d Robo Agravado Frustrado, previsto y sancionado en los artículos 460 en concordancia con el artículo 80 del Código Penal, como presupuesto necesario para un programa socioeducativo eficaz. Ofíciese al Director del Centro Penitenciario Centro-Occidental (Uribana).
Cúmplase,