Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral del Estado Sucre, Extensión Carúpano, declara: REPONE LA PRESENTE CAUSA al estado de la Notificación del Procurador General de la República para le celebración de la Audiencia Preliminar y SE DECLARA LA NULIDAD DE TODAS ACTUACIONES ANTERIORES AL PRESENTE AUTO.
En consecuencia la Audiencia Preliminar, se celebrará al décimo día hábil siguiente a que conste en autos la certificación por secretaría de haberse practicado todas las notificaciones ordenadas, de conformidad con lo establecido el Decreto con Fuerza, Valor y Rango de Ley de la Procuraduría General de la República, por ser la demandada LA MISIÓN SUCRE-IRAPA, la cual es un Ente del Estado Venezolano, adscrito al Ministerio del Poder Popular Para las Comunas y en virtud de ello, goza de los privilegios y prerrogativas consagradas a la República.
Exhórtese a cualquier Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecuci.....