DISPOSITIVA
En mérito a las razones que preceden, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley:
1.- CONDENA A LA CIUDADANA, GINGER LISSSETH RODRIGUEZ LAINEZ, por encontrarle responsable penalmente en la falta de CONTRABANDO, previsto y sancionado en el artículo 23 de la Ley sobre el delito de Contrabando, AL PAGO DE LA MULTA de SEIS MIL SETENTA y CINCO BOLÍVARES (6.075,00 Bolívares), la cual debe ser liquidada en una Oficina Receptora de fondos nacionales a la orden del Fisco Nacional.
2.- Una vez firme, itinérese al Tribunal de Ejecución. Líbrese oficio.
3.- No hay condena en costas conforme al artículo 26 de la Carta Magna.
Téngase a las partes por notificadas. CESO la medida cautelar.
Líbrese oficio a los organismos de seguridad, participando que ha quedado SIN EFECTO la orden de aprehensión que registra ante.....