Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara Procedente la aclaratoria de la sentencia dictada el 02 de diciembre de 2015 por este Órgano Jurisdiccional, solicitada por el abogado Ángel Morillo Morales, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, en la incidencia de recusación planteada por los abogados Jesús Rangel Pino y José Rincón Parra (recusantes) en contra del Dr. Juan Alberto Castro Espinel, Juez Décimo Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que guarda relación con la acción Mero Declarativa que incoara la sociedad mercantil SERVICIOS FRANCAR C.A. en contra de la sociedad mercantil CONSTRUCTORA CONSTECH 38.
En consecuencia, el particular "PRIMERO" del dispositivo de la decisió.....