Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO DUODÉCIMO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, al imputado ISRAEL ANTONIO MEDINA FINOL de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, fecha de nacimiento: fecha de nacimiento: 02-10-67, de 39 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.734.434, de profesión u oficio militar activo, Casado, hijo de Elvira Elena Finol y Ruidael Medina , residenciado en el El barrio Libertador Av. 93B Nº casa 79M-09 , Maracaibo, Estado Zulia, por la comisión del delito de LESIONES CULPOSAS, previsto y sancionado en el Artículo 420 del Código Penal Venezolano vigente, en perjuicio del DDYFRE JOSÉ MONTILLA BANQUEZ, de conformidad a lo establecido en el ordinal 3°: como lo es la presentación por ante este Tribunal cada trein.....