este Tribunal Cuarto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Resuelve: Se autoriza la extensión del horario del horario de ingreso al Centro de Tratamiento Comunitario Dra Nilda Lucrecia Hernández, al penado ERICK LEONARDO MÁRQUEZ CARRILLO, titular de la cedula de identidad Nº 12.241.838, de 31 años de edad, nacido en Barquisimeto en fecha 03-01-76, hijo de Eligia Antonia Carrillo y de Pedro Leonardo Márquez, de estado civil soltero, de profesión u oficio mecánico, residenciado en el Barrio San José, calle 4 entre 4 y 5, casa N° 4-131, teléfono: 0251-4471730 Estado Lara, debiendo el prenombrado penado ingresar a las instalaciones de dicho centro a las siete y treinta horas de la noche (07:30 pm), a fin de dar cumplimiento a la obligación de pernoctar, tal y como lo señala el Reglamento Interno de Centro de Tratamientos Comunitarios. Y ASI SE DECIDE.