DECRETA medida de PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre el siguiente inmueble: Un apartamento en propiedad horizontal, situado en el primer piso, identificado con el nro. 1-2; tiene un área aproximada de Cuarenta y un Metros Cuadrados con cincuenta centímetros (41,50 Mts2) y posee las siguientes dependencias: Una (01) habitación, Un (01) sanitario y Sala-Comedor-Cocina. Los linderos particulares del referido apartamento son los siguientes: NORTE: Con apartamento 1-1; SUR: Con apartamento 1-3; ESTE: Con fachada Este; OESTE: Con pasillo de circulación. Le corresponde Un (01) puesto de estacionamiento de vehículo ubicado en el nivel Planta Baja, enumerado de la misma forma que el apartamento antes identificado. Igualmente al apartamento le corresponde un (01) porcentaje de condominio de CERO CON SEIS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS MILESIMAS POR CIENTO (0,6476%) sobre las cargas y derechos comunes, propiedad de la ciudadana BLANCA OLIVIA ARENAS de DA SILVA, todo lo cual consta de docume.....