DISPOSITIVO:
Por lo antes expuesto, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR el Recuso de Hecho interpuesto por el abogado GONZALO PONTE DÁVILA, inscrito en el IPSA bajo el número 66.371, en su carácter de apoderado judicial de la empresa, ITBC DE VENEZUELA C.A., sociedad mercantil inscrita en el Registro Mercantil Séptimo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, bajo el n° 22, tomo 442-A-VII de fecha 23.08.2004, contra el auto de fecha 14 de enero de 2015 dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo, mediante la cual negó la apelación ejercida por la representación judicial de la empresa antes identificada contra la decisión de fecha 18.12.2014. SEGUNDO: Se ordena al Juzgado Pri.....