PRIMERO: Se CONFIRMA la sentencia definitiva de fecha 14 de agosto de 2015, objeto de la consulta legal. En consecuencia, se declara CON LUGAR la solicitud de interdicción del ciudadano LUIS JAVIER RODRÍGUEZ ALTUVE, formulada por su hermana ciudadana FRANCY YANIRA RODRÍGUEZ ALTUVE, por ante el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida.
SEGUNDO: Como consecuencia del pronunciamiento anterior, se decreta la INTERDICCIÓN DEFINITIVA del ciudadano LUIS JAVIER RODRÍGUEZ ALTUVE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 19.422.454, con todas las consecuencias legales que de esta declaratoria se derivan.
TERCERO: Se advierte al a quo que, en relación con la designación del tutor definitivo, deberá proceder conforme a lo previsto en los artículos 309 y 399 del Código Civil; y en lo atinente al registro y publicación de la presente declaratoria definitiva, igualmente procederá según.....