Es por ello que esté Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, de conformidad con los artículos 287 y 288 del Código Orgánico Tributario, ordena remitir esté expediente número 3115 (Nomenclatura de este tribunal) mediante oficio a el Fondo Nacional Antidrogas (FONA). Con el fin de sea esta Administración Tributaria antes mencionada, realice todos los actos tendientes a que se cumpla con el dispositivo de la Sentencia Nº 1507 antes mencionada. Así se establece.