El Tribunal, una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuadas por ante este mismo Tribunal, promovidas por el mencionado ciudadano JOSE GREGORIO MALPICA VELIZ plenamente identificado, y dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de único y universal heredero, y en consecuencia, declara conforme a los autos al ciudadano: JOSE GREGORIO MALPICA VELIZ, VELIZ, titular de la cedula de identidad Nro. V.- 21.048.261 como ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO de la De Cujus: IGNACIA VELIZ DE SANCHEZ titular de la cedula de identidad N° V.- 4.967.056, quien falleció ab-intestato, el día veinticuatro (24) de septiembre de 2024, según consta de copia certificada de acta de defunción Nº 386, Tomo II, año 2024 emanada de la Oficina de Registro Civil del Municipio Valencia, Parroquia Rafael Urdaneta del Estado Carabobo. Y así se deci.....