DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la pretensión intentada por motivo del juicio DESALOJO DE INMUEBLE intentada por el ciudadano: VITO ROCCO DI COSOLA, representados por los Abogados EUCLIDES SEBASTIANI M Y JOSE RAMON CONTRERAS contra el ciudadano: ELIAS MORENO HIGUERA, representado por los abogados: JESUS ELIAS MENDOZA OROPEZA y MARIA VIRGINIA ORDOÑEZ MENDOZA, todos identificados en autos. En consecuencia: ------------------------------------------
1. Se condena al demandado a entregar, libre de bienes y personas, el inmueble constituido por un local comercial, el cual forma parte del Edificio Ángelo, identificado con el N° 28-85, ubicado en la Carrera 21 entre calles 20 y 21, Barquisimeto, Estado Lara, donde funciona el negocio Lampolandia, razón por la que se ordena su desalojo y que una vez cumpli.....