En orden a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo declara:
o CON LUGAR, la inhibición planteada por la Jueza Superior Segunda del Trabajo de La Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
o Se ordena remitir el presente expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos a los fines de su distribución a un Tribunal de la misma categoría
o Envíese copia certificada de la presente decisión a la Jueza Inhibida a los fines de su control disciplinario.