Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara PROCEDENTE la medida cautelar solicitada por los abogados JENNIFER VILARIÑO, ZOILA BRITO, YUDITH MONTIEL, MAGALY CURRAS, NEBLET NABAS y FARUK RAMÍREZ, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 98.475, 55.367, 117.048, 62.999, 97.065 y 79.709, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales del INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA INDUSTRIA (INAPYMI); y en consecuencia:
PRIMERO: DECRETA medida de secuestro sobre un vehiculo automotor con Certificado de Origen identificado con el Nº AK-69399, Número de Factura 05-60446, Placa: 59NBAL, Marca: CHEVROLET, Modelo: CHASIS CAB NPR ÚTIL, Año Modelo: 2005, Año de Fabricación: 2005, Color: Blanco, Serial de Carrocería: 8ZCKN34L35V343327, Serial de Motor: 35V343327.....