Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: La conmutación de la pena en CONFINAMIENTO al Ciudadano: JOSÉ IGNACIO MOSQUERA GUEVARA, titular de la cédula de identidad N° V 20.189.482, de 22 años de edad, nacido el 05/06/88, natural de Barquisimeto, Estado Lara, soltero, de oficio chatarrero, hijo de Ligia Guevara e Ignacio Mosquera y domiciliado en Urbanización Rafael Caldera Calle 06 con Carrera 09 Casa S/N cerca de la parada de la Ruta 15 de esta Ciudad, condenado a la pena principal corporal de SEIS (06) AÑOS DE PRISIÓN, más las accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de ROBO GENERICO, tipo penal previstos y sancionados en los artículos 455 Código Penal, privado de libertad en los términos establecidos en esta decisión, p.....