Esta Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: 1.- Su COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación ejercido en fecha 14 de febrero de 2014, por la representación judicial de la parte actora, contra la decisión proferida en fecha 13 del mismo mes y año, por el Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, a través de la cual declaró inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por la sociedad mercantil INVERSIONES JELUARI, C. A., contra la DIRECCIÓN DE INGENIERÍA MUNICIPAL DE LA ALCALDÍA DEL MUNICIPIO BARUTA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA. 2.- CON LUGAR el recurso de apelación ejercido. 3.- Se REVOCA la decisión apelada.