En la declinatoria de competencia interpuesta por el abogado Pedro Alfonso Camargo Vargas, actuando con el carácter de apoderado judicial de la organización sindical TRABAJADORES BOLIVARIANOS EMBOTELLADORA DE BEBIDAS AL VACÍO (SINTRAB-INBEV), contra el MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL. Este Juzgado Nacional Primero Contencioso Administrativo de la Región Capital dicto sentencia interlocutoria mediante la cual declaró: 1. Su COMPETENCIA para conocer de la demanda por abstención o carencia interpuesta, 2. ADMITE el recurso por abstención o carencia; en consecuencia: 2.1.- Se ORDENA la aplicación del procedimiento breve contemplado en los artículo 65 y siguientes de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, solo en lo que respecta a la tramitación del recurso por abstención o carencia, 2.2.- Se ORDENA la citación del Ministro del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social, 2.3.- Se ORDENA la notificación del ciudadano Procurador G.....