OIDAS LAS EXPOSICIONES DE LAS PARTES Y SUS ALEGATOS, ESTE TIRBUNAL DE CONTROL N.º 4, CON COMPETENCIA MUNICIPAL, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE EN LOS SIGUIENTES TERMINOS. PUNTO PREVIO: En atención a lo expuesto por la defensa publica este juzgador omite emitir pronunciamiento toda vez que es inoficioso hacerlo en virtud de que la imputada ha aceptado los cargos y se ha plantado un acuerdo reparatorio. En este sentido paso a emitir los siguientes pronunciamientos PRIMERO: Por cuanto se encuentran llenos los requisitos establecidos en el artículo 308 del Código Orgánico Procesal Penal y de conformidad con el artículo 313.2 ejusdem, este Tribunal admite la Acusación presentada por el Ministerio Público en contra del ciudadano: NORELIS ANAIS PAEZ ALVARADO titular de la Cédula de Identidad: V.-26.804.336, por la presunta comisión del delito de: ESTAFA SIMPLE previsto y sancionado en el artículo 462 concatenado con.....