Se declaró: 1. CON LUGAR la pretensión de nulidad interpuesta por el ciudadano PEDRO PEREZ MARINO, identificado con cédula Nº 7.182.188, asistido por la abogado María Enma León Montesinos, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el Nº 30.864. En consecuencia, proceden los salarios y demás beneficios dejados de percibir, desde la fecha de su ilegal retiro hasta su reincorporación definitiva al cargo.