DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley RATIFICA el amparo cautelar acordado en fecha veintiuno (21) de febrero de dos mil once (2011), por este Juzgado, acto de destitución contenido en la Resolución Nº 005-10, dictada por el INSTITUTO AUTONOMO DE POLICIA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO CHACAO DEL ESTADO MIRANDA. Así se decide.
PUBLIQUESE,  REGISTRESE Y NOTIFIQUESE.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, en la ciudad de Caracas, a los  Once (11) día del mes de  Abril de dos mil once (2011). Año 200° de la Independencia y 151° de la Federación.-
JUEZ  PROVISORIO
MSc. EDGAR MOYA MILLAN
           ABOGADO
							LA SECRETARIA,
							DELIA FLORES 
En la misma fecha, se publicó y registró la anterior sentencia s.....