En consecuencia, examinada la descrita transacción, se procede de conformidad con lo establecido en  la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su artículo 258, a impartir su HOMOLOGACION, al escrito transaccional y se expida dos (2) copias certificadas de la presente Transacción y del auto de homologación que al efecto recaiga, para su entrega a EL DEMANDANTE y a LA DEMANDADA, respectivamente".  
DIOS Y FEDERACIÓN
   LA JUEZ             			                               
CARMEN BEATRIZ SEGURA                APODERADO DE LA PARTE ACTORA
                                                                
  
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA
SECRETARIA 
                                                                   ABG. Joanna Capuano
El  Trabajador