Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Juicio Administrando Justicia actuando en nombre de la república Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, condena al acusado BLADIMIR VÉLIZ SALAZAR, venezolano, de 19 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 21.093.959, soltero, hijo de Yanit Véliz, nacido en fecha 01-05-1992, de oficio obrero, residenciado en avenida perimetral, sector plaza bolívar, detrás de la cancha, Cumaná, Estado Sucre; por la comisión del delito de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, a cumplir la pena de SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, más las accesorias del artículo 16 del Código Penal; se establece como fecha provisional en la que la presente condena finalizará el mes de octubre de 2012. QUINTO: Dada la libertad oto.....