DISPOSITIVO
Por las razones y consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Hecho interpuesto por el abogado JOSÉ RAFAEL BALDÓ DÍAZ, quien actúa en su propio nombre y representación en el presente asunto, y quién fungía como parte co-demandada en el juicio principal, en contra del auto pronunciado el día quince (15) de febrero de dos mil diecinueve (2.019), por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a través del cual negó el recurso de apelación formulado por el mencionado abogado, en contra de los autos dictados en fechas cinco (05) y siete (07) de febrero de dos mil diecinueve (2.019) en el juicio que.....