seguido el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, actuando el nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley hace entrega material del inmueble objeto de juicio libre de bienes y personas al apoderado actora abogado Víctor Scocozza, quien expone: "Recibo el inmueble objeto de juicio identificado en la presente acta libre de bienes y personas en estado de hacerle reparaciones varias, mantenimiento general de limpieza y pinturas. Igualmente solicito al Tribunal se abstenga de practicar la medida de embargo ejecutivo es todo". A continuación el Tribunal vista la solicitud se abstiene de practicar la medida embargo ejecutivo.