DISPOSITIVA
Con base a las razones que se dejan expresadas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara CON LUGAR el Recurso de Apelación ejercido por la Abogada Carmen Perozo, en su condición de Defensora Privada de la ciudadana MARIGER EUVENZA ALVARADP, contra la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 02 de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en fecha 09 de Agosto de 2011 y fundamentada el 26 de Septiembre del mismo año, mediante el cual CONDENÓ a la referida ciudadana, a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FACILITADORA, previstos y sancionados en el artículo 458 del Código Penal en concordancia con lo dispuesto en el numeral 3 del artículo .....