De la revisión de los autos se observa que a la audiencia oral hizo acto de presencia la abogada VERIUSKA GRANADO Defensora Pública Auxiliar con Competencia en Materia Civil y Administrativa Especial Inquilinaria para la Protección del Derecho a la Vivienda en representación de la demandada no así el apoderado de la parta actora quien dicho sea de paso fue recurrente del fallo de primera instancia y aquí diligenciante, lo cual generó que se considerara desistido su recurso ordinario de apelación y mal pudiera aceptarse el argumento de dicho profesional del derecho y fijar nueva oportunidad para celebrar la audiencia oral, por cuanto el mismo aún cuando estuvo notificado de su celebración no acudió al acto