esta Sala Dos de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve: DECLARAR INADMISIBLE la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL incoada por la ciudadana YSAURA JOSEFINA MARQUEZ VARGAS asistida por el Abogado SIMON ERNESTO ARENAS GÓMEZ, contra la omisión de pronunciamiento por parte de la Jueza del Tribunal Primero de Control, Audiencia y Medidas de este Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, a cargo de la Jueza AURALIS PÉREZ en el ASUNTO: GP01-Q-2017-000001 (nomenclatura dada al asunto principal por el aquo) por los argumentos antes expuestos.