este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA ACCION INTENTADA por la ciudadana EGLET MAGDALIS REYNA CARRIZALES contra la empresa CONSTRUCTORA VERCA 27, C.A. En consecuencia, se admite: Primero: Que la trabajadora ingresó a trabajar en fecha 07 de noviembre de 2006, a la empresa CONSTRUCTORA VERCA 27, C.A.. Segundo: Que desempeñaba el cargo de Asistente de la Gerencia. Tercero: Que devengaba un salario mensual de OCHOCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 800.000,00). Cuarto: Que laboraba en un horario de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.. Quinto: Que en fecha 12 de marzo de 2.007, siendo las 5:00 p.m., fue despedida por el ciudadano MIGUELANGEL ROJAS, en su carácter de Gerente de General, quien procedió a comunicarle que estaba despedida, sin haber incurrido en falta alg.....