DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la solicitud de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano Joel Eduardo Mendoza Casaña, asistido por el abogado Andrés Salazar Ruiz, contra la Fundación para la Protección y Defensa del Patrimonio Cultural de Caracas (Fundapatrimonio) de la Alcaldía del Municipio Libertador.